Este folleto informativo fue enviado a las compañías de transporte aéreo, asociaciones aeronáuticas y organizaciones representantes de las comunidades sijs, árabe-estadounidenses y musulmanas.
Respuestas a las preguntas frecuentes sobre el transporte aéreo de personas que son, o parecen ser, de ascendencia árabe, del Medio Oriente o surasiáticos y/o musulmanes o sijs.
Desde los secuestros terroristas y trágicos sucesos del 11 de septiembre de 2001, la Administración de Aviación Federal (FAA, por sus siglas en inglés) ha emitido directivas para reforzar las medidas de seguridad en los puntos de inspección, puestos de control de seguridad de los pasajeros y puertas de embarque de las compañías aéreas. Mientras el Departamento de Transporte (el “Departamento” o DOT, por sus siglas en inglés) trabaja para reforzar la seguridad en el transporte a raíz de los horribles ataques del 11 de septiembre, también continúa con sus esfuerzos para asegurar que esos nuevos requisitos en cuanto a la seguridad preserven y respeten los derechos civiles de las personas y las protejan de la discriminación ilegal. El Departamento ha asumido el compromiso de garantizar a todas las personas la igualdad ante la ley y que nadie sea sometido a discriminación ilegal al viajar en el país. Varias leyes federales prohíben la discriminación ilegal de los pasajeros aéreos en razón de su raza, color, religión, origen étnico o nacionalidad. [1]
A raíz de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, han surgido preocupaciones sobre la intimidación y el hostigamiento hacia las personas que son, o que se perciben, de ascendencia árabe, del Medio Oriente o surasiáticos y/o musulmanes o sijs. Este folleto informativo brinda información acerca de la forma en que el refuerzo de las medidas de seguridad protege mejor nuestro sistema de transporte aéreo y, al mismo tiempo, cumple cabalmente con las leyes de derechos civiles, brindando ejemplos de las medidas que el personal de las compañías aéreas o de los aeropuertos puede o no adoptar cuando los pasajeros se presentan en el mostrador de registro y al realizarles el control de seguridad. Los ejemplos que se incluyen a continuación no son exhaustivos y simplemente tienen el propósito de brindar respuestas a las preguntas más frecuentes desde el 11 de septiembre en cuanto al transporte aéreo de personas que son, o parecen ser, de ascendencia árabe, del Medio Oriente o surasiáticos y/o musulmanes o sijs.
Pregunta: ¿Cuáles son las nuevas restricciones de seguridad del Departamento de Transporte y la Administración de Aviación Federal en cuanto a los artículos de mano que debo conocer antes de viajar en un avión comercial
- Además de otras armas, los cuchillos de cualquier longitud, tipo o composición, incluso los llamados kirpans [2], quedan prohibidos más allá de los puntos de control de seguridad. Los cuchillos pueden colocarse en las maletas o bolsos que se envían como equipaje.
Pregunta: ¿Cuáles son mis derechos al viajar en un avión comercial
- Las personas que parezcan ser de ascendencia árabe, del Medio Oriente o surasiáticos y/o musulmanes o sijs tienen derecho a recibir el mismo trato respetuoso que las personas de otros orígenes étnicos y religiones, y todas las personas deben ser tratadas con amabilidad, respeto y cordialidad.
- Ni las personas ni sus bienes deben ser objeto de una inspección, registro y/o detención únicamente porque las personas parezcan ser de ascendencia árabe, del Medio Oriente o surasiáticos y/o musulmanes o sijs; o sólo porque hablan árabe, farsi u otro idioma extranjero o simplemente porque hablan con un acento que tal vez induzca a creer que dicha persona es árabe, del Medio Oriente, surasiático y/o musulmán o sij.
- No debe seleccionarse a ninguna persona para realizársele una inspección adicional sólo en razón de la apariencia o la vestimenta asociada con un país de origen o una religión en particular. Por ejemplo, seleccionar a una señora para hacerle una inspección solamente porque su cabello está cubierto o porque lleva puesto un velo, como lo hacen algunas mujeres musulmanas, constituye una discriminación ilegal. Seleccionar a un señor para hacerle una inspección sólo porque tiene una barba larga o porque lleva el cabello cubierto, como lo hacen algunos hombres musulmanes, también constituye una discriminación ilegal. Del mismo modo, seleccionar a un hombre para hacerle una inspección sólo porque usa un turbante, como lo hacen algunos sijs, constituye una discriminación ilegal.
- No debe denegarse el embarque, ni excluirse de una aeronave, a las personas y sus bienes únicamente porque la persona parezca ser de ascendencia árabe, del Medio Oriente o surasiático y/o musulmán o sij; o sólo porque hablan árabe, farsi u otro idioma extranjero o simplemente porque habla con un acento que tal vez induzca al personal de la compañía aérea o del aeropuerto a creer que dicha persona es árabe, del Medio Oriente, surasiático y/o musulmán o sij.
Pregunta: ¿Cómo es el proceso de control de seguridad por el que deberé pasar en el aeropuerto
- Durante el proceso de presentación en el mostrador de registro, los nombres de los pasajeros tal vez se verifiquen en una lista de vigilancia de la Oficina de Investigaciones Federales (FBI, por sus siglas en inglés) para proteger la seguridad de los pasajeros.
- Los cuchillos que se encuentren durante el control de seguridad de los pasajeros y su equipaje de mano se confiscarán y es posible que se notifique a un funcionario de seguridad en tierra y/o coordinador de seguridad. Los kirpans que se encuentren durante el control de seguridad también serán confiscados si no se colocan en el equipaje que no es de mano o si no son retirados del aeropuerto por un acompañante del pasajero que no ingresa en la zona de seguridad.
- Algunos pasajeros se seleccionarán al azar para una inspección adicional al pasar por los puntos de control de seguridad. [3]La inspección adicional a menudo se realiza mediante el uso de un detector de metales de mano o el registro manual por encima de la ropa. El registro tal vez sea más minucioso si la inspección inicial indica que tal vez haya un artículo prohibido oculto.
- Las personas que pasan por el detector de metales sin activar la alarma podrían someterse a una inspección adicional si la persona ha sido adecuadamente seleccionada al azar. De la misma forma, si un sij que usa un turbante pasa por el detector de metales sin activar la alarma, dicha persona podría someterse a una inspección adicional si ha sido seleccionada al azar adecuadamente.
- Las personas que pasan por el detector de metales y activan la alarma se someterán a una inspección adicional mediante el uso de detector de metales de mano si desean pasar por el punto de control de seguridad. Cuando no se disponga de un detector de metales de mano, los pasajeros se someterán a un registro manual por encima de la ropa como forma de asegurar que no llevan un artículo prohibido. De forma similar, cuando un sij que lleva puesto un turbante pasa por el detector de metales y activa la alarma, el inspector de seguridad debe usar un detector de metales de mano cerca del turbante, si dispone del mismo, para determinar si existe el riesgo de que lleve oculto un artículo prohibido.
- Cuando el detector de metales manual se activa al pasarse cerca de la cabeza de un pasajero, la persona se someterá a un registro manual por encima de la ropa, incluso un examen minucioso del cabello, si desea pasar por el punto de control de seguridad. De la misma forma, si un sij que lleva puesto un turbante activa el detector de metales de mano cuando éste se pasa cerca de su cabeza, es necesario realizar un registro manual por encima de la ropa, incluso un examen minucioso del turbante y del cabello, si el sij desea pasar por el punto de control de seguridad. El personal de control de seguridad debe pedir permiso para tocar a una persona y/o su ropa, en especial el cabello o turbante de un sij, antes de hacerlo.
- En aquellos casos en que un registro manual por encima de la ropa indica que tal vez haya un artículo prohibido oculto o cuando dicho registro manual sea insuficiente para determinarlo, entonces el pasajero se someterá a un registro más meticuloso si desea pasar por el punto de control de seguridad. Debe registrarse el turbante de un sij si éste desea pasar por el punto de control de seguridad. Al igual que en el caso anterior, el personal de control de seguridad debe pedir permiso para tocar a una persona y su ropa, en especial, el turbante de un sij, antes de hacerlo.
- Si, por motivos de seguridad, fuera necesario llevar a cabo un registro o una inspección que requiera que el pasajero se quite alguna prenda de vestir, los inspectores deben ofrecerle a la persona la opción de una inspección en público o en privado. Los controles privados pueden percibirse como demasiado intimidatorios, en tanto que los públicos tal vez se consideren humillantes o violatorios de los principios religiosos de la persona. Por ejemplo, el hecho de que una mujer musulmana se quite el velo en público, o en presencia de un hombre que no sea su marido, violará sus creencias religiosas. De la misma forma, el turbante de un sij es un artículo de fe y es probable que un registro público genere un sentimiento de vergüenza y temor para esta persona. Después de registrar el turbante en privado, debe ofrecerse al sij un espejo para que vuelva a colocarse el turbante.
- Los pasajeros seleccionados mediante el sistema de inspección previa de pasajeros asistido por computadora (CAPPS, por sus siglas en inglés), incluso aquellos seleccionados al azar por una computadora, pasarán por una inspección adicional en la puerta de embarque. Además, el equipaje enviado para transporte en el compartimento de carga se someterá a medidas de seguridad adicionales. Los criterios de selección de pasajeros del CAPPS han sido revisados por el Departamento de Justicia para asegurar que éstos no sean discriminatorios y que no impliquen perfilar ilegalmente a los pasajeros en razón de su raza, color, religión, origen étnico o nacionalidad. La inspección adicional consistirá en un examen de los artículos de mano y el registro de la persona mediante el uso de un detector de metales de mano, además de un registro manual por encima de la ropa. La inspección tal vez sea más exhaustiva si el registro inicial indica que podría haber un artículo prohibido oculto.
Pregunta: ¿Cómo determinan los inspectores que corresponde un control de seguridad adicional
- Deben tomarse en cuenta todos los hechos y circunstancias disponibles al identificar a las personas o los bienes que pueden constituir un riesgo para la seguridad. Aunque es posible que, a veces, las medidas adoptadas por el personal de control de seguridad parezcan ofensivas para las personas involucradas, en ciertas circunstancias, los inspectores pueden tener una justificación para hacer preguntas, inspecciones o registros adicionales por razones de seguridad. Por ejemplo, una persona que lleva puesto un turbante o tocado, mientras se le registra en un punto de control de seguridad, activa la alarma del detector de metales manual cuando éste se pasa cerca de su cabeza; o una señora que lleva puesto un velo muestra una identificación fotográfica para probar su identidad, pero resulta difícil concluir que la señora es la persona de la foto sin observar su rostro. Cuando sea necesario verificar la identidad de una mujer que lleva puesto un velo, su rostro debe ser observado, siempre que esto sea posible, por personal de seguridad femenino o sólo en presencia de otras mujeres, a fin de no violar sus principios religiosos.
- El personal de las compañías aéreas y de los aeropuertos deben utilizar la prueba de “si no fuera por” para determinar si sus acciones son justificadas. Deben preguntarse: “Si no fuera por la raza, el origen étnico o la orientación religiosa percibida de esta persona, ¿la hubiera sometido a un control de seguridad adicional” Si la respuesta es “no”, entonces es posible que la acción vulnere las leyes de derechos civiles.
Pregunta: ¿Qué puedo hacer si considero que mis derechos han sido violados
- Las personas que consideren que han sido sometidas a actos o tratos discriminatorios por parte de las compañías de transporte aéreo pueden presentar una queja mediante un mensaje de correo electrónico, o bien completar un formulario de queja y presentarlo ante la División de Protección de los Pasajeros Aéreos (ACPD, por sus siglas en inglés). La dirección de correo electrónico de la ACPD es: airconsumer@ost.dot.gov y su dirección postal es: Aviation Consumer Protection Division, U.S. Department of Transportation, Room 4107, C-75, Washington, DC 20590. Los usuarios pueden descargar y/o imprimir los formularios de queja en el sitio en Internet: http://airconsumer.ost.dot.gov/problems.htm (Insert URL for Spanish web site) .
Emitido el 19 de noviembre de 2001 por la Oficina del Subasesor Jurídico de la Oficina de Ejecución de Normas y de Asuntos Judiciales Relativos a la Aviación y su División de Protección de los Pasajeros Aéreos.
[1] Véase, por ejemplo, los artículos 41702, 41310 y 40127 del título 49 del Código de los Estados Unidos y el artículo 2000d y siguientes del Título 42 del mismo Código.
[2] Un kirpan es una espada envainada, por lo general filosa, de dos a cuatro pulgadas de largo. Se trata de un artículo obligatorio de fe para los sij iniciados y casi siempre se lleva puesta. Algunos sij usan kirpans más pequeños que no son cuchillos, en un collar. Estos pequeños kirpans no provocarían más daño que las pequeñas cruces que llevan algunos cristianos y con las cuales se puede pasar por los puntos de control de seguridad.
[3] Además de la inspección al azar, es posible que una persona deba pasar por una inspección adicional si su comportamiento es sospechoso. Por ejemplo, si el personal de seguridad ve a una persona que se coloca un objeto punzante en el zapato y se dispone a pasar por el detector de metales, el personal de seguridad deberá registrar el zapato aún cuando la persona pase por el detector de metales sin activar la alarma.