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¿Qué formulario debo usar para presentar mi declaración de impuesto federal?

 

¿Cuál Formulario debo usar – el 1040, el 1040A o el 1040EZ?

Los tres formularios usados para presentar la declaración de impuesto federal sobre el ingreso personal son; Formulario 1040EZ, Formulario 1040A y el Formulario 1040.

El Formulario 1040EZ es el formulario más simple de llenar. Podrá usar el Formulario 1040EZ si cumple con todas las siguientes condiciones:

  1. Su estado civil para efectos de la declaración es soltero o casado que presenta una declaración conjunta.
  2. Usted no reclama ningún dependiente.
  3. Usted y su cónyuge, si presentan una declaración conjunta, tenían menos de 65 años de edad el 1 de enero y no eran invidentes al final del año.
  4. Usted recibio ingresos sólo de las fuentes a continuación: salarios, sueldos, propinas, becas de estudio y de ampliación de estudios (o investigación) tributables, compensación por desempleo, ganancias sobre programas estatales de matrícula calificada, dividendos del Fondo Permanente de Alaska e intereses tributables que no exceden los $1,500.
  5. Su ingreso tributable es menos de $100,000.
  6. Usted no recibió ningún pago adelantado del Crédito por Ingreso del Trabajo.
  7. Usted no debe ningún impuesto por salarios que le haya pagado a un empleado doméstico.
  8. Usted no reclama una deducción por interés pagado en un préstamo estudiantil, una deducción por gastos incurridos como educador o una deducción por matrícula y gastos escolares y
  9. Usted no reclama un crédito tributario por enseñánza superior, crédito por contribuciones a cuenta de ahorros para la jubilación o un crédito tributario por cobertura de salud.

Si usted presenta el Formulario 1040EZ, no puede detallar deducciones ni reclamar ningún ajuste al ingreso o créditos tributarios (salvo el Crédito por Ingreso del Trabajo).

Si usted no puede usar el Formulario 1040EZ, quizá pueda utilizar el Formulario 1040A si:

  1. Su ingreso se deriva sólo de salarios, sueldos, propinas, becas de estudio y de ampliación de estudios (o investigación) tributables, interés, paga por juraduría, dividendos ordinarios, reparticiones de ganancias de capital, pensiones, anualidades, cuentas IRA, compensación por desempleo, beneficios tributables del seguro social o de jubilación ferroviaria y dividendos del Fondo Permanente de Alaska,
  2. Su ingreso tributable es menos de $100,000.
  3. Usted no detalla sus deducciones y 
  4. Los únicos ajustes a su ingreso son la deducción por un plan IRA, la deducción de interés pagado sobre préstamos estudiantiles y la deducción por matrícula y gastos escolares.   

Si presenta el Formulario 1040A, los únicos créditos que puede reclamar son el crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes, el Crédito por Ingreso del Trabajo, el crédito por adopción, el crédito para ancianos o para personas incapacitadas, créditos tributarios por enseñanza superior, el crédito tributario por hijos, el crédito tributario adicional por hijos y el crédito por aportaciones a cuenta de ahorros para la jubilación.

Por último, usted debe usar el Formulario 1040 bajo ciertas circunstancias, tales como:

Su ingreso tributable es de $100,000 o más.

  1. Tiene ciertos tipos de ingreso, tales como, propinas no declaradas, ciertas reparticiones que no son tributables, ingreso del trabajo por cuenta propia, ingreso recibido como socio, o como un accionista en una sociedad anónima pequeña (S) o un beneficiario de un patrimonio o fideicomiso. 
  2. Usted detalla sus deducciones o reclama ciertos créditos tributarios o ajustes al ingreso o
  3. Usted adeuda impuestos sobre el empleo de empleados domésticos.

Las instrucciones para el Formulario 1040A contiene una lista completa de las condiciones que determinan cuando debe usar el Formulario 1040.

Si usted fue un extranjero no residente durante el año tributario y estuvo casado con un ciudadano o extranjero residente de los Estados Unidos, quizá pueda usar cualquiera de estos tres formularios, según sus circunstancias, sólo si opta por presentar una declaración conjunta con su cónyuge.  Otros extranjeros no residentes tendrán que presentar el Formulario 1040NR o el Formulario 1040NR-EZ. 

 


Page Last Reviewed or Updated: December 15, 2008