Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo
  NOTIFICACIÓN Número
EEOC 915.002
Fecha
    7/17/95

1. ASUNTO: Declaracion de política de Resolución Alterna de Disputas de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo
2. PROPÓSITO: Esta declaración de política establece la política de la Comisión sobre la Resolución Alterna de Disputas
3. FECHA DE VIGENCIA: Al momento de recibirla
4. FECHA DE VENCIMIENTO: Como una excepcion a la Orden 205.001 de la EEOC, Apéndice 6, Anexo 4, a(5), esta notificacion permanecerá vigente hasta que sea rescindida o reemplazada.

5. EMISOR: Servicios legales, Oficina del asesor legal
6. INSTRUCCIONES: Archivar en el volumen 11 del Manual de Cumplimiento.
7. TEMA

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Introduccion

La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) está comprometida firmemente con el uso de métodos alternos para resolver las disputas en todas sus actividades, siempre que sea adecuado y factible. Utilizada convenientemente, en circunstancias apropiadas, la Resolución Alterna de Disputas (ADR, tal su sigla en inglés) puede proveer resultados más rápidos, menos costosos y contenciosos y más productivos en la eliminacion de discriminación en el lugar de empleo, así como en las operaciones de la Comisión.

El uso de la ADR es completamente coherente con la misión de la EEOC como agencia ejecutora de la ley. Se basa firmemente en la creacion de estatutos y es ejecutada por la Comisión, Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, Discriminación por Edad en el Empleo, la Ley de Igualdad en los Salarios y la Ley de Americanos con Discapacidades. El uso de la ADR también se basa en la Ley de Resolución de Disputas Administrativas (ADRA, tal su sigla en inglés), conforme a la cual se adopta esta política, las órdenes del Poder Ejecutivo 12.778 y 12.871 y la revisión de cumplimiento nacional. Finalmente, el informe de la Fuerza de Tareas de la ADR de 1995, de la Comisión, fue lo suficientemente fuerte y convincente como para adoptar el uso de los programas de ADR.

Principios centrales que rigen los programas de ADR de la Comisión

Todo uso de ADR, conforme a los auspicios de la Comisión, se regirá por ciertos principios centrales. Sobre todo, cualquier programa de ADR de la Comisión debe adicionarse a la misión de la agencia. También debe ser imparcial, lo que requiere voluntarismo, neutralidad, confidencialidad y puesta en vigor. El reconocimiento de las diferentes circunstancias que se obtienen en las oficinas de distrito de la Comisión sugiere que la ADR sea lo suficientemente flexible como para responder a las variadas y cambiantes prioridades y cantidad de casos. Además, todo programa de ADR de la EEOC debe tener componentes de entrenamiento y evaluación adecuados.

Ampliando la misión de la Comisión

Primero y principal, un efectivo programa ADR debe ampliar la doble misión de la EEOC: ejecutar vigorosamente las leyes federales que prohíben la discriminación en el empleo y resolver las disputas de empleo. El ADR complementará los sistemas actuales en operacion mediante la facilitacion de una Resolución temprana de disputas cuando sea posible el acuerdo, liberando así los recursos para identificar, investigar, resolver, conciliar o litigar otros asuntos.1 Estas mejoras en nuestros esfuerzos de ejecución deben, a su vez, realzar la credibilidad como agencia de ejecución de la ley, alentar a las víctimas a seguir adelante y hacer que el proceso de presentacion de una querella sea lo menos desalentador. Sin embargo, como agencia de cumplimiento de la ley, la Comisión ejecutará vigorosamente los estatutos sobre los que tiene Jurisdicción y no dudará en buscar las soluciones legales apropiadas a través del litigio cuando estén garantizadas.2

Imparcialidad

Toda iniciativa de ADR desarrollada e implementada por la EEOC debe ser justa con los participantes, tanto en percepcion como en realidad. La justicia debe manifestarse a través de todos los procedimientos de ADR de la Comisión mediante la incorporacion de cada uno de los principios centrales identificados en esta política, así como también mediante la provisión de la mayor cantidad de información sobre el procedimiento de ADR a las partes tan pronto como sea posible. La Justicia requiere que la Comisión provea la oportunidad de asistencia durante el proceso a cualquiera de las partes que no esté representada. La Justicia también requiere que todo programa patrocinado por la Comisión incluya los siguientes elementos:

Voluntarismo

Los programas de ADR desarrollados por la Comisión serán voluntarios para las partes porque la importancia única de las leyes contra la discriminación en el empleo requiere que un foro federal esté siempre disponible para un individuo afectado. La Comisión cree que las partes deben, con conocimiento, con deseo y voluntariamente, ingresar a un procedimiento de ADR. De manera similar, las partes tienen el derecho a optar voluntariamente por salir de un procedimiento en cualquier punto antes de la Resolución de cada razón, incluyendo el ejercicio de sus derechos a presentar una demanda judicial en un tribunal del Distrito Federal. Bajo ninguna circunstancia una de las partes será obligada a aceptar la oferta de la otra parte para resolver una disputa. Si las partes llegan a un acuerdo, se les permitirá la Resolución en tanto y en cuanto el acuerdo propuesto sea legal, ejecutable y ambas partes estén informadas sobre sus derechos y soluciones conforme a los estatutos aplicables.

Neutralidad

Los procedimientos de ADR de la Comisión confiarán en un tercero neutral para facilitar la Resolución de la disputa. Los procedimientos de ADR son muy exitosos cuando un tercero neutral e imparcial, sin interés futuro en el resultado de una disputa, permite que las partes mismas intenten resolver sus disputas. La neutralidad ayudará a mantener la integridad y efectividad del programa de ADR. La obligación del facilitador hacia las partes es ser neutral, honesto y actuar de buena fe. Aquellos que actúen como neutrales conforme a los auspicios de la EEOC deben poseer un conocimiento profundo de la ley de la EEOC y también deben estar capacitados en la teoría y técnicas de la mediacion.3

Confidencialidad

Mantener la confidencialidad es un componente importante de cualquier programa exitoso de ADR. Sujeto a las limitadas excepciones impuestas por estatuto o reglamentacion, en todo procedimiento de ADR las partes deben mantener la confidencialidad, los empleados de la EEOC involucrados en el procedimiento de ADR y cualquier personal externo neutral u otro de la ADR. Esto permitirá a las partes de los procedimientos de ADR sentirse próximas y sinceras, sin temor a que las declaraciones francas puedan utilizarse más tarde contra ellas. Para lograr este propósito, la Comisión será guiada por las cláusulas de no revelacion del Título VII y las cláusulas de confidencialidad de la ADRA, que imponen limitaciones sobre la revelacion de información. Para alentar la participacion en un programa patrocinado por la Comisión, ésta incluirá las cláusulas de confidencialidad en todos sus programas o proyectos de ADR, y notificará a las partes en disputa sobre la protección ofrecida por las cláusulas de confidencialidad. Para asegurar la confidencialidad debe impedírsele a aquellos que se desempeñan como neutrales para la Comisión realizar cualquier funcion investigadora o de ejecución relacionada con cambios en los cuales ellos pudieran estar involucrados. El proceso de Resolución de disputas debe estar aislado del proceso de investigación y cumplimiento.

Ejecucion

Todo acuerdo alcanzado durante un procedimiento de ADR debe ser ejecutable. Un alegato de que un acuerdo de Resolución fue violado debe ser llevado al oficial de la EEOC responsable del programa. La Comisión revisará e investigará el alegato y determinará si utilizará su autoridad y recursos para buscar la ejecución del acuerdo.

Flexibilidad

El programa de ADR debe ser lo suficientemente flexible como para responder a la variedad de desafíos que la Comisión y sus oficinas individuales deben enfrentar. La Comisión reconoce que no puede haber un modelo de ADR que funcione para todos sus programas o todas sus oficinas dentro del mismo programa. Dentro de los parámetros establecidos por la Comisión, el personal de ésta podrá adaptarse a las técnicas de ADR para adecuarlas a las necesidades del programa específico. Como las oficinas operan con diferentes culturas y medios, y debido a que la naturaleza de la carga de trabajo varía de oficina en oficina, las oficinas de la Comisión necesitarán máxima flexibilidad en la implementacion de un programa de ADR.

Entrenamiento y evaluacion

Los programas de ADR patrocinados por la Comisión deben incluir componentes de entrenamiento y evaluacion. Un esquema exitoso de ADR requiere que la EEOC provea entrenamiento y educación apropiadas sobre ADR a sus propios empleados, el público, las personas protegidas conforme a las leyes de aplicacion, los patronos y neutrales. Además, un componente de evaluación es esencial para cualquier programa de ADR, para determinar si el programa logró sus objetivos y cómo dicho programa podría mejorarse para ser más eficiente y lograr mejores resultados.

CONCLUSIÓN

A través de esta declaración de política, la Comisión afirma su compromiso con el uso de las técnicas de ADR a través de sus programas, cuando sea apropiado y factible, incluyendo procedimiento de cargos, litigios, procedimiento de quejas de la EEOC del sector federal, procedimiento de quejas internas de la EEOC, relaciones laborales-administrativas y administración de contratos.

1. Estos procedimientos seguirán rigiéndose por los requisitos actuales, excepto que se discuta específicamente en este documento.

2. La Comisión estará informada de que hay instancias en las cuales la ADR puede no ser apropiada o factible, como en casos en los cuales hay necesidad de establecer políticas o precedentes, cuando la Resolución de una disputa tuviere un efecto significativo sobre las no partes, cuando es importante un registro público completo, cuando la agencia debe seguir teniendo Jurisdicción sobre un asunto o, cuando en caso contrario, fuera inapropiado.

3. La Comisión aceptará como suficiente una entrenamiento tal como se la reconoce generalmente en la profesión de Resolución de disputas.


Esta página fue modificada por última vez el 11 de Enero de 2005.

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